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La mediación es un método alternativo de resolver conflictos, la cual tiene como finalidad intrínseca arribar a la solución integral de un conflicto entre partes, evitando de este modo, llegar a la instancia judicial, por ello denominado también etapa "previa".

 

Los principios rectoren que guían e instrumentan la etapa de mediación son: la confidencialidad, la oralidad entre las partes y la plena comunicación entre las mismas, la imparcialidad del mediador interviniente y la neutralidad del mismo frente a la materia traída a cuestión.

 

La implementación de este sistema (Régimen de Mediación Obligatoria en la Provincia de Buenos Aires) tiene fundamentación en la imperiosa necesidad de evitar el colapso del Sistema Judicial, reduciendo el ingreso de causas diarias, creando este sistema, que permita la posibilidad de arribar a un acuerdo a aquellas contiendas judiciales que carecen de una cuantía excesiva y por su forma y contenido, modo de ejecución y sujetos intervinientes es menester resolverlas en esta etapa judicial previa.

 

Se basan en la democracia, la pacificación social, el diálogo individual y social, el respeto, y el consenso para la convivencia. Consiste en la intervención de un tercero en un conflicto, el mediador, con el fin de facilitar el acercamiento de las partes enfrentadas y promover un proceso de negociación que permita arribar a un acuerdo consensuado y aceptado por las partes que ponga fin al conflicto.

 

La mediación se distingue de otros métodos emparentados como la conciliación y el arbitraje. Se caracteriza por el principio de neutralidad y no reemplaza el papel protagónico de las partes en la elaboración del acuerdo.

 

La mediación adquiere características especiales según se trate de conflictos internacionales, sociales o colectivos, e individuales.

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